DGi alcanza a la ACP por 4 millones...

Fecha de noticia: 23-Octubre-2016

corte salva cara

Por: Carlos Urbina

El día 8 de agosto de 2016, la DGi alcanzó a la Autoridad del Canal por la cantidad de US$ 3.9 Millones en concepto de impuesto de retención por remesas pagadas a no domiciliados en Panamá

Antecedentes

En el año 2015, se dictaron 2 legislaciones (Ley 27 y Decreto Ejecutivo 263) que consideraban renta de fuente panameña todo pago hecho por entidades públicas.

La norma no hace referencia al lugar donde se prestó el servicio y por lo tanto, parede indicar que, todo pago hecho por entidades públicas es de fuente local con independencia del lugar donde este se preste.

La resolución de alcance indica que la DGi se acercó a la ACP indicando que desde el cambio de la ley, no se veían reflejados aumentos en los pagos de retención por remesas.

Esto llevó a una serie de reuniones con el equipo de Asesoría Legal de la ACP. En estas reuniones, según la resolución de alcance, se mencionó que uno de los objetivos expresos de la ley era gravar con remesas el pago a los proveedores extranjeros.

La resolución de alcance comenta como, al pasar el tiempo, la DGi siguió esperando el pago de remesas sin que la ACP las enviara.

Esto provocó una auditoría de la DGi que llegó el día 11 de noviembre de 2015.

Resolución de Alcance

La auditoría verificó los contratos y pagos realizados con no residentes. En el proceso de la auditoría los funcionarios de la ACP, según la resolución de alcance, creyeron estar en unas sesiones informativas sobre qué servicio tenía o no retención.

Según la resolución, una vez comprendieron que estaban siendo auditados, la ACP le proveyó a la DGi un listado de pagos con y sin retención a proveedores extranjeros.

La DGi comprobó que en parte de estos pagos se practicó la retención en la medida en que los servicios fueron realizados en Panamá.

Adicionalmente, la DGi revisó los Estados Financieros de la ACP y detectó las cuentas de construcción en proceso determinando que no se había practicado la retención del ISR en la cantidad de US$ 3.9 Millones.

La resolución de alcance indica que, aún cuando la ACP, no es contribuyente, está en la obligación de presentar y pagar las retenciones a quienes sí lo sean (tal es el caso de los proveedores extranjeros).

Por último, la DGi, indicó a la ACP que esta podía "repetir" (cobrarle de vuelta) a sus proveedores, este impuesto.

La resolución deja entreveer que la ACP sugirió compensar los impuestos no retenidos con los aportes dados por el Canal de Panamá. Esto último fue rechazado por la DGi.

La resolución tiene fecha de 8 de agosto de 2016, por lo que llega a 9 meses de haberse empezado la auditoría.

Vea resolución de alcance completa haciendo click aquí: (vea resolución)

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